Nacional:
Poner fin al derecho de trato preferente a las empresas

Implementar reglamentaciones a través de legislación nacional para evitar que las empresas contaminantes intenten acceder al derecho de trato preferente o se comporten de manera abusiva cuando sean llevadas ante la justicia.

¿Cómo sería esto?

  • Adoptar y reforzar medidas contra cualquier tipo de abuso, en especial las correspondientes a la prescripción y la amnistía, entre otras que favorecen o contribuyen a la impunidad.[1] [2]

    • La prescripción –ya sea por procesamiento o por sanción--- en casos judiciales, administrativos o de otros tipos, no debe procesarse durante el periodo en el que aún no se tenga disponible una resolución.

    • La prescripción no deberá aplicar a los crímenes que, ante ninguna ley internacional son imprescriptibles. Cuando esto no pueda o no deba ser aplicado, la prescripción no debe ser efectiva contra las acciones civiles o administrativas mediante los cuales la víctima haya buscado reparar los perjuicios que se le ocasionaron.

  • Detener los intentos de las corporaciones contaminantes para evitar la justicia y los juicios imparciales, tales como:

    • Apelar al traslado de reclamaciones legales a las partes del sistema judicial que favorecen a las corporaciones.

    • Contrademandar.

    • Conceder al autor del delito los mismos (o más) privilegios que a aquéllos contra los que se cometió el delito.

  • Incorporar cláusulas de derecho de trato preferente para el litigio internacional.

    • Mediante la legislación o el litigo, asegurarse de que las corporaciones, que estan siendo consideras responsables, no puedan prevenir acciones de responsabilidad jurídica ulteriores o futuras de los gobiernos o de las víctimas en el nivel subnacional.

    • Adoptar medidas que permitan la implementación de regímenes de responsabilidad objetiva, especialmente cuando se trate de litigios por causas medioambientales. [3]

    • Adoptar reformas constitucionales que permitan la inclusión de los derechos del medioambiente y de la naturaleza.

      • Todas las acciones tomadas para proteger los derechos de la naturaleza deben reforzar y respaldar los derechos de las personas, las comunidades locales (incluyendo a los campesinos, las comunidades de pescadores, y a las personas nómadas y rurales), los pueblos indígenas y los derechos colectivos.

 

Implementación de las medidas provistas en la Hoja de ruta de la responsabilidad jurídica

Los tomadores de decisión y los movimientos sociales, en todos los niveles, deben tener en cuenta lo siguiente cuando decidan implementar las medidas que se han expuesto en esta Hoja de ruta:

  • La promulgación de esas políticas y medidas es, simplemente, el primer paso para lograr que las industrias contaminantes y destructivas asuman su responsabilidad jurídica; aún quedará mucho trabajo pendiente para los los tomadores de decisión, activistas y la sociedad civil para asegurar que esas medidas sean completamente implementadas y movilizarnos hacia el cambio transformativo que el mundo necesita.

  • La responsabilidad jurídica debe ser asumida por todas las industrias y corporaciones que con sus prácticas contribuyen al cambio climático y sus impactos, o que provoquen algún tipo de daño a las personas y la naturaleza. Además de las industrias de combustibles fósiles, esas industrias incluyen --pero no se limitan sólo a ellas-- a la agroindustria, la industria forestal, la minería y el sector energético.

  • Muchas de estas medidas podrían aplicarse, de la misma manera a las corporaciones que son propiedad del Estado. Debido a que los contextos nacionales y las necesidades varían de un país a otro, es importante considerar dónde aplicar y cómo adaptar los principios y medidas listados en la Hoja de ruta de la responsabilidad jurídica. Por ejemplo, para ocuparse de las corporaciones contaminantes que son propiedad del Estado. Los factores por considerar al momento de aplicarlo, deben incluir, pero no limitarse a, el grado de control democrático que se ejerza en la entidad, la función y la utilización de los recursos que provienen de las ganancias que proveen del petróleo o el gas, y la capacidad que tenga la entidad de responder a la transición de los recursos energéticos regenerativos y renovables.

  • Las medidas implementadas a nivel nacional deben respaldar y reforzar, antes que contradecir, las otras medidas que se han implementado a nivel local o subnacional y viceversa.

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1 Theo Van Boven, "Basic Principles and Guidelines on the Right to a Remedy and Reparation for Victims of Gross Violations of International Human Rights Law and Serious Violations of International Humanitarian Law" Audiovisual Library of International Law, December 16, 2005, https://legal.un.org/avl/ha/ga_60-147/ga_60-147.html.

2 Economic and Social Council, Commission on Human Rights. “PROMOTION AND PROTECTION OF HUMAN RIGHT: Impunity: Report of the independent expert to update the Set of principles to combat impunity, Diane Orentlicher,” Sixty-first session, Geneva, February, 8, 2005, https://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=E/CN.4/2005/102/Add.1.

3 Geetanjali Ganguly, Joana Setzer, and Veerle Heyvaert, "If at First You Don't Succeed: Suing Corporations for Climate Change," Oxford Journal of Legal Studies 38, no.4 (Winter 2018): 841-868, https://academic.oup.com/ojls/article/38/4/841/5140101.