Internacional:
Financiamiento para pérdidas y daños
Establecer mecanismos, dentro o mediante las instituciones de las Naciones Unidas, tales como la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), así como con fondos bilaterales o multilaterales, tales como el Fondo Verde para el Clima, que ofrece apoyo financiero y compensaciones por daños y pérdidas a las comunidades que se encuentran en la primera línea frente al cambio climático.
¿Cómo sería esto?
Establecer un mecanismo financiero por daños y pérdidas mediante, o a través de las instituciones de las Naciones Unidas, tales como como la CMNUCC [1]. Estas ayudas deberán ser financiadas por los países más ricos, con el fin de apoyar a los países en vías de desarrollo que están experimentando desastres climáticos.
Las directrices para su establecimiento deben incluir requisitos como
Que los países ricos e industrializados contribuyan anualmente, y que el monto se establezca de acuerdo con la parte de las emisiones históricas que les corresponde.
Asignar un porcentaje adecuado del financiamiento que los gobiernos recaudan por medio de las medidas nacionales de responsabilidad jurídica, incluyendo litigios, las multas por daños climáticos y otras medidas detalladas en esta Hoja de ruta. Estos fondos se destinarán, como una contribución de la nación, al mecanismo de ayudas financieras para pérdidas y daños.
Los fondos (ya sea que provengan de las ayudas financieras o de los fondos nacionales) serán distribuidos y dejados a cargo de las comunidades que han padecido los impactos más fuertes del cambio climático.
La administración de esta ayuda debe:
Incluir disposiciones estrictas de protección para evitar que los conflictos de intereses interfieran en la distribución de los recursos financieros.
Centrar la representación y la toma de decisiones en los entes decisores de las comunidades del Sur Global, incluyendo a las mujeres, los pueblos indígenas, los jóvenes y las comunidades locales (campesinos, pescadores, y comunidades tanto nómadas como rurales).
Designar una proporción de los fondos bilaterales y multilaterales que financian las acciones climáticas al fondo para pérdidas y daños.
Algunos ejemplos de fondos relevantes incluyen al Fondo Verde del Clima (GFC por sus siglas en inglés), los Fondos de Inversión en el Clima (CIF), el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), y el Fondo de Adaptación.
Estos fondos deben ser dispuestos de manera responsable y transparente. Su administración debe estar al servicio de la gente. De ningún modo se debe permitir que las corporaciones o el sector privado incidan en cómo administrarlos.
Implementación de las medidas provistas en la Hoja de ruta de la responsabilidad jurídica
Los tomadores de decisión y los movimientos sociales, en todos los niveles, deben tener en cuenta lo siguiente cuando decidan implementar las medidas que se han expuesto en esta Hoja de ruta:
La promulgación de esas políticas y medidas es, simplemente, el primer paso para lograr que las industrias contaminantes y destructivas asuman su responsabilidad jurídica; aún quedará mucho trabajo pendiente para los los tomadores de decisión, activistas y la sociedad civil para asegurar que esas medidas sean completamente implementadas y movilizarnos hacia el cambio transformativo que el mundo necesita.
La responsabilidad jurídica debe ser asumida por todas las industrias y corporaciones que con sus prácticas contribuyen al cambio climático y sus impactos, o que provoquen algún tipo de daño a las personas y la naturaleza. Además de las industrias de combustibles fósiles, esas industrias incluyen --pero no se limitan sólo a ellas-- a la agroindustria, la industria forestal, la minería y el sector energético.
Muchas de estas medidas podrían aplicarse, de la misma manera a las corporaciones que son propiedad del Estado. Debido a que los contextos nacionales y las necesidades varían de un país a otro, es importante considerar dónde aplicar y cómo adaptar los principios y medidas listados en la Hoja de ruta de la responsabilidad jurídica. Por ejemplo, para ocuparse de las corporaciones contaminantes que son propiedad del Estado. Los factores por considerar al momento de aplicarlo, deben incluir, pero no limitarse a, el grado de control democrático que se ejerza en la entidad, la función y la utilización de los recursos que provienen de las ganancias que proveen del petróleo o el gas, y la capacidad que tenga la entidad de responder a la transición de los recursos energéticos regenerativos y renovables.
Las medidas implementadas a nivel nacional deben respaldar y reforzar, antes que contradecir, las otras medidas que se han implementado a nivel local o subnacional y viceversa.
1 United Nations, and Canada. 1992. United Nations Framework Convention on Climate Change. [New York]: United Nations, General Assembly, https://unfccc.int/resource/docs/convkp/conveng.pdf.